Con la mira puesta en enero, la AFIP comenzó a intimar a monotributistas
Por Hernán Gilardo
En poco más de una semana, comenzará un nuevo año en el que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrá la mira puesta en los monotributistas.
Esto es así, ya que durante enero próximo vencen dos obligaciones clave a cumplir por los pequeños contribuyentes: la recategorización cuatrimestral y el estricto régimen de información que abarca a quienes facturan más de $6.000 al mes.
A modo de adelanto, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray ya disparó las primeras intimaciones que tienen como fin reforzar la avanzada de principios de año.
iProfesional.com tuvo acceso exclusivo a dichas intimaciones que ya se están enviando desde la AFIP. Las mismas otorgan sólo 10 días al monotributista sospechado de evasión para presentar el descargo respectivo ante el fisco nacional a fin de acreditar que ya ha regularizado la deuda reclamada por el organismo de recaudación.
Caso contrario, el "supuesto" evasor deberá ingresar en el mismo lapso -10 días- el monto del impuesto adeudado. A dicho monto, se le deberá sumar, intereses resarcitorios y las multas que correspondan.
De no responder, la AFIP iniciará las acciones legales respectivas. De tratarse de un valor elevado, la omisión podría encuadrar dentro del delito de "evasión agravada" que prevé penas de prisión de hasta 9 años.
Conocidas las intimaciones, el consultor tributario Alberto Romero aseguró que se trata "de una práctica mediante la cual la AFIP busca generar sensación de riesgo. En otras palabras, que los contribuyentes sepan que, de no regularizar su situación, el fisco nacional avanzará sobre ellos".
Dólares: la "vedette" de la próxima recategorización
La "vedette" del próximo vencimiento cuatrimestral será el reencuadramiento de los monotributistas frente al fisco hacia una categoría más alta, a raíz de "los últimos controles implementados sobre la compra de dólares", aseguró Romero.
La "vedette" del próximo vencimiento cuatrimestral será el reencuadramiento de los monotributistas frente al fisco hacia una categoría más alta, a raíz de "los últimos controles implementados sobre la compra de dólares", aseguró Romero.
"Ya son muchas las consultas de pequeños contribuyentes que evalúan sincerar su situación ante la AFIP para así poder ampliar el márgen de compra de dólares del que disponen", afirmó el tributarista.
Esto es así, ya que el nuevo sistema online fiscal habilita un determinado límite de divisasque va creciendo a medida que aumenta la capacidad contributiva del responsable.
Sin embargo, este traspaso puede generar algún dolor de cabeza. Es que, de acuerdo a la información a la que pudo acceder este medio, la AFIP pondrá la lupa sobre aquellos que salten varias categorías a la vez.
En otras palabras, el fisco seguirá de cerca a los monotributistas que, por ejemplo, declaren que pasaron de ganar $6.000 a $10.000 al mes en un sólo cuatrimestre.
"Es saludable que los contribuyentes mejoren el nivel de ingresos, pero es sospechoso que lo hagan tan abruptamente", señalaron las fuentes vinculadas a la AFIP que fueron consultadas por iProfesional.com.
Es por ello que, ante la decisión de "sincerar" su situación fiscal, no son pocos los pequeños contribuyentes que optan por hacerlo de manera escalonada. Es decir, de a una categoría por cuatrimestre. Cabe recordar que, de detectar que este comportamiento es, en realidad una maniobra, la AFIP obligará al monotributista a ingresar los montos adeudados, intereses y multas que correspondan.
Dos vencimientos
En primer término, en enero próximo vence el plazo para gestionar la correspondiente recategorización cuatrimestral. El trámite consiste en actualizar la situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante 2011.
Dos vencimientos
En primer término, en enero próximo vence el plazo para gestionar la correspondiente recategorización cuatrimestral. El trámite consiste en actualizar la situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante 2011.
Complementariamente, a fines del primer mes de 2012, los pequeños contribuyentes que ganen más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante este año.
Los datos presentados serán confrontados contra indicadores de la situación fiscal respectiva que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas. Entre ellos se destacan:
- Consumos en tarjetas de crédito y débito.
- Movimientos bancarios.
- Declaraciones patrimoniales.
- Pago de cuotas de colegios privados.
- Inversiones en fideicomisos.
Como castigo adicional, el marco legal vigente establece que los pequeños contribuyentes obligados por el régimen de información que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales ($6.000 mensuales) igualmente deberán seguir informando, durante dos años más,los datos solicitados.
Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce), explicó oportunamente que, a través del castigo, "la AFIP busca evitar que los monotributistas de las escalas más altas evadan la obligación bajando de categoría".
A fin de explicar el alcance de la herramienta, Domínguez precisó que "el régimen de información electrónica de ingresos y gastos le permite al fisco nacional evaluar la permanencia en el Monotributo de quienes están en las categorías más altas".
"La solicitud de información sistemática de las operaciones con los principales clientes y proveedores, y el requerimiento de datos sobre el alquiler del local comercial o del vehículo de transporte, le permite a la AFIP efectuar cruces informáticos entre ingresos y gastos de los distintos contribuyentes", precisó el experto.
"Ello es así, a los efectos de evaluar si un monotributista puede permanecer en el régimen, o bien, si debe inscribirse en el IVA y en Ganancias por haber excedido los parámetros del régimen simplificado", advirtió el experto.
Fuente:Publicado en www.iProfesional.com
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