miércoles, 10 de febrero de 2016

FAA, CFA Y SRA DENUNCIAN A MONSANTO ANTE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

El dictado de una nueva ley de semillas es imprescindible, como también así resulta deponer preconceptos y posiciones intransigentes.
Por: Aldo Norberto Bonaveri
La Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247 data de 1973; ha resultado un instrumento válido para regular ordenadamente la obtención, multiplicación y comercialización de simientes, al tiempo de brindar seguridad a los productores agropecuarios en materia de identidad y calidad de las semillas a utilizar. No obstante, en un sector tan evolucionado en avances tecnológicos y, fundamentalmente a partir de la incorporación de la biotecnología, requiere una modificación significativa, que se viene demorando en demasía, fundamentalmente por posiciones encontradas entre las los extremos de la cadena: criaderos y agricultores.

Los cambios vienen insinuándose desde el comienzo de este milenio; en principio se barajaba la posibilidad de introducirlos mediante una reforma de la reglamentación, empero dicha posibilidad se fue descartando en virtud de su improcedencia para contemplar una realidad muy distinta a la de su redacción.
Las diferencias de intereses entre los actores comienzan a acentuarse a partir de 2005, desde entonces se presentaron diferentes proyectos para modificar la Ley, se produjeron múltiples reuniones, acalorados debates y gestiones de buenos oficios para acercar las partes, más el consenso nunca fue logrado, tanto entre las partes como dentro del mismo Estado.
El actual Gobierno a través del ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, se ha expresado como una asignatura a resolver, priorizando lograr un consenso, el que por ahora no se vislumbra habida cuenta del conflicto planteado entre las entidades ruralistas y Monsanto, generado por las pretensiones de la Multinacional dentro de las cláusulas del denominado “canon tecnológico”, que se exige aplicar a la segunda generación de soja modificada, “Intacta RR2”, considerada por FAA, CRA y SRA como excesivamente onerosa para el productor que no pueda acreditar el pagó las regalías al momento de comprar la semilla.
A partir de abril del año pasado, Monsanto requiere aplicar para sus nuevas variedades, el cobro u$s 15 dólares por tonelada que ingresa al acopio u oleaginosa, si el grano presenta antecedentes genéticos relacionados a “Intacta RR2”.
La semana pasada la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, convocó a una reunión a la que concurrieron Monsanto, actores intervinientes en la comercialización del grano y las entidades agropecuarias. El anfitrión propone utilizar su sistema de gestión “Bolsatech”, mediante el cual, en caso de detectar presencia del evento Intacta RR2 en una partida de soja, emitirá un certificado que se remitiría a Monsanto, de manera que la multinacional pueda requerir el cobro de la regalía al productor y, éste ejercite una defensa en caso de considerar inadecuado el reclamo.
En la reunión de marras se lograron algunas coincidencias, empero las entidades antepusieron "en que para poder empezar a construir este consenso en igualdad de condiciones es necesario eliminar todas las trabas de comercialización que se han impuesto unilateralmente en estos últimos tiempos, tales como la cláusula Monsanto". En cuanto a la proposición de “Bolsatech”, FAA, CRA y SRA se expresaron por la negativa, en tanto Coninagro lo hizo a favor. Para Monsanto se trata de una "propuesta superadora porque plantea una solución para la industria".
Los planes de entendimiento de las partes albergados por el Ministerio de Agroindustria se ven obstaculizados. Monsanto se mantiene inamovible en lo que sostiene sus “legítimos derechos”, y a su vez las entidades profundizan su oposición.
Confederaciones Rurales Argentinas “CRA” y Sociedad Rural Argentina “SRA” anunciaron que están preparando una denuncia contra Monsanto por abuso de posición dominante, a presentar a la brevedad ante Defensa de la Competencia.
Cabe consignar que Federación Agraria Argentina “FAA” en agosto de 2014 ya había radicado una denuncia en la misma institución, contra la corporación norteamericana, la que en el día de la fecha, en conferencia de prensa sus máximas autoridades revelaron fue ampliada aportando nuevos elementos.
La ampliación de la denuncia ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, además de FAA, es rubricada por entidades vinculadas: Agricultores Federados Argentinos “AFA”, Federación de Cooperativas Federada Ltda. “FECOFE” y Cooperativas Agropecuarias Federadas de Entre Ríos “CAFER”.
En la referida presentación, se alega que dicha empresa, abusando de su posición dominante en el mercado, viene llevando adelante para lograr el total control de la cadena productiva, comercial e industrial del grano, violando la Ley de Semillas y la Ley de Patentes.
En la fundamentación el documento expresa: "Lo más trascendente que ha ocurrido como hecho nuevo desde la presentación de la Denuncia en Agosto de 2014 a la fecha, ha sido que Monsanto ha celebrado acuerdos con todas las empresas exportadoras en Argentina para que realicen el control y retención de mercadería para el cobro de los cánones sobre el grano estipulados en nombre de Monsanto Argentina". (Los párrafos más significativos se transcriben aparte)
Como conclusión corresponde señalar que el dictado de una nueva ley de semillas es imprescindible, como también así resulta deponer preconceptos y posiciones intransigentes. Habida cuenta que el tema es muy amplio y presenta múltiples facetas, en una próxima editorial, me comprometo a efectuar un racconto de los principales entretelones desde el 2005 a la fecha y, profundizar conceptos, puesto que un país con el potencial agroindustrial de Argentina debe saber encontrar la solución más coherente, actualizada y equilibrada en un asunto de primordial relevancia para lograr los objetivos trazados.
La ampliación aporta a la denuncia que consta bajo Expte. C1521 "Monsanto Argentina SAIC s/ Infracción Ley 25.156".
"Motiva esta presentación los términos y condiciones impuestos en los contratos que Monsanto Argentina SAIC exige para la adquisición y utilización de semillas con tecnología INTACTA, los contratos de adhesión que propone en los cuales se establecen exigencias que condicionan la venta de la variedad de semilla (....) concatenada con el compromiso que todos los exportadores y procesadores de soja en puerto, asuman ante Monsanto dirigido a insertar al contrato de compra de granos una cláusula denominada "cláusula de biotecnología" en virtud de la cual el vendedor debe aceptar que la mercadería sea analizada en busca de tecnologías patentadas (o supuestamente patentadas), verifique el pago de dicha tecnología y descuente el canon en caso que no se haya efectivizado" .
"Asimismo, también se implementa como variante un sistema similar, denominado "BOLSATECH", mediante el cual las muestras serían analizadas y en caso de detectarse la presencia genética indicada, las Camaras Arbitrales intervienen para el inicio del proceso de cobro impuesto sobre los granos entregados. Dichas exigencias afectan los intereses legítimos de los distintos actores de la cadena de producción y comercialización de la soja: productores, multiplicadores, distribuidores, comercializadores y acopiadores, e importaría –tal como se verá- un abuso de posición dominante"
"Finalmente, cabe destacar que el contrato, al establecer el mecanismo de cobro de la regalía, define que "El canon INTACTA es totalmente independiente del precio de compra de la bolsa de semilla INTACTA y de la regalía extendida que cobran los semilleros por sus variedades". El contrato explicita que los términos y condiciones establecidos no constituyen una licencia de uso de las tecnologías RR2Y o RR2YBT. El uso de las mismas estará sujeto a los términos del contrato y de la correspondiente licencia de uso comercial. El suscriptor del contrato queda obligado a pagar a Monsanto como contraprestación no solo el precio de la semilla sino que también un precio por el "canon INTACTA" , lo que carece de todo sustento legal. Queda claro, pues, que el canon intacta, excede lo que la empresa ha invertido en tecnología y que ha sido recuperado en el cobro de la bolsa de semilla, aquí se manifiesta palmariamente que la voluntad del cobro del canon es sobre el total del grano producido y realizado de manera compulsiva. Dicho cobro del canon intacta al productor se efectiviza con la emisión de Facturas, sin respaldo legal, de manera directa al productor (haya o no firmado la licencia de uso que propone el sistema) y enviada a la cuenta corriente de los productores en los Acopios".
Se transcriben los principales párrafos de lo presentado en la ampliación a la denuncia (que fuera efectuada en agosto de 2014 ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia):>
DESDE PREGON AGROPECUARIO  http://www.pregonagropecuario.com/cat.php?txt=7646#mUqzXhK0Lgo335Qe.99

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