lunes, 3 de diciembre de 2018

Empleos de plataforma digital tienen protección social

Argentina fue anfitriona de la reunión anual del Grupo de los 20 (G20). Se trata de un foro que congrega a los presidentes o primeros ministros de los países más importantes del planeta. El objetivo es articular políticas para abordar los grandes desafíos globales. En cada año se eligen temas prioritarios. En esta ocasión le tocó el turno a la infraestructura para el desarrollo, la alimentación sostenible y el empleo del futuro.
See the source imageEn relación al empleo del futuro, los ministros de trabajo de los países miembros del G20 declararon su preocupación por la economía de las plataformas digitales. En particular, por la cobertura social en los empleos que emergen de las aplicaciones como UBER, Pedidos Ya, Glovo, etc., donde dos personas se ponen de acuerdo para que una le brinde a otra un servicio personalizado. Si bien la declaración tiene una redacción genérica, se tiende a sugerir que los proveedores y usuarios de las plataformas asuman la responsabilidad de contribuir a la protección social.
¿Qué tipo de protección social tienen estas ocupaciones en la Argentina? Considerando las principales contingencias sociales, según la normativa vigente, un trabajador de plataforma digital tiene como mínimo los siguientes derechos:
Si tiene hijos accede a la Asignación Universal por Hijo ($1.684 mensuales por cada hijo) en iguales condiciones que un asalariado registrado de bajos ingresos.
Si se enferma accede gratuitamente a los hospitales públicos que es donde generalmente también se atienden los asalariados registrados de bajos ingresos.
Si llega a los 65 años accede a la Pensión Universal para el Adulto Mayor ($6.909 mensuales) que es equivalente al 80% de la jubilación mínima contributiva.
Estos datos muestran que en la Argentina se contemplan mecanismos de cobertura que dan respuesta a las preocupaciones declaradas por el G20. Con carácter universal, cualquier ciudadano –independientemente de su inserción laboral (asalariado registrado o informal, cuentapropista, desempleado o inactivo)– tiene acceso garantizado por el Estado a la protección en los tres eventos centrales de la vida que son la niñez, la salud y la vejez.
Otro abordaje crítico contra las plataformas digitales es que vulneran derechos laborales. En este tipo de planteo subyace la idea de que se trataría de una relación laboral asalariada. Es una visión forzada ya que el trabajador de plataforma entra y sale de la oferta laboral cuando lo desea, sin exigencias de horarios, jornadas ni metas de producción y acepta o deniega la tarea en función de su conveniencia. Estos rasgos lo asocian más a un trabajador independiente, es decir, al 25% del total de ocupados que trabajan como cuentapropistas en Argentina. En línea con esta visión, un reciente fallo judicial en la Ciudad de Buenos Aires dictaminó que UBER es una plataforma de tecnología que permite a usuarios y conductores celebrar un contrato entre privados en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. Constituye un importante precedente que fija el criterio de que la interrelación de dos personas a través de una aplicación de celular es un contrato entre particulares, no una relación laboral de dependencia.
No hay que exagerar la importancia de las declaraciones como las del G20 en las que muchas veces los formalismos prevalecen por sobre las cuestiones sustanciales. Las evidencias disponibles sugieren que los empleos generados por las plataformas digitales no compiten ni sustituyen a los empleos en relación de dependencia tradicionales sino que generalmente los complementan. En un estudio realizado en EEUU se detectó que el 80% de los choferes de UBER tienen otro empleo y el 50% le dedica al trabajo en UBER menos de 15 horas semanales, o sea, es un complemento de ingresos. También es frecuente que operen como una ocupación a tiempo parcial a las que acceden mujeres y jóvenes que buscan complementar los ingresos del hogar.
Perfeccionar el sistema de protección social universal y establecer regulaciones amigables tanto para el trabajo asalariado como independiente es la vía más eficiente para promover la justicia social. En esta línea, generar un contexto propicio para la expansión de las plataformas digitales es una manera apropiada de aumentar las oportunidades de empleos contribuyendo a dinamizar el mercado laboral.
Fuente IDESA

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