miércoles, 3 de agosto de 2016

Políticas y "derechos sociales"

Por Gabriel Boragina
COLUMNISTA

A veces se denomina "el estado social" a aquel estado-nación donde su política legislativa se orienta al establecimiento y jerarquización de los llamados "derechos sociales" instituyendo esta categoría como de rango superior a la de los clásicos derechos individuales. En alguna época ya pasada, aproximadamente entre los siglos XVIII y comienzos del XX, la noción de derecho se identificaba casi plenamente con la de los derechos individuales. No se concebía que la palabra "derecho" se refiriera a otra cosa. Fue cuando surgió la de los "derechos sociales" -que buscaban distinguirse de losindividuales- cuando se hizo necesario aclarar, a todo instante, de qué clase de derechos se estaba hablando.
La expresión "derechos sociales" se impuso como una categoría que, no sólo pretendía separarse de la de los análogos individuales, sino que procuraba -por sobre todas las cosas- mostrarse como una "etapa evolutiva" desde estos hacia aquellos y –al mismo tempo- subordinar (y con el tiempo eliminar o suprimir) tales derechos individuales en pos de los "sociales" para siempre. Esta y no otra fue la pretensión del socialismo desde su aparición con los utópicos -como K. Marx los tildó- pasando por los socialistas "científicos" de este, hasta los actuales "socialistas del siglo XXI".
Es por esta misma razón que, los países donde se ensaya el sistema comunista se declaran los "campeones" de los "derechos sociales". Un buen ejemplo es el de Cuba, de la que se nos dice:
"Los mal llamados derechos sociales, se vinculan con la satisfacción de ciertos requerimientos propios de la vida humana, tales como salud, vivienda, educación, etc.....Quizás los dos ámbitos donde resulte más claro sean el educativo y el laboral. En el primer caso, el castrismo se jacta de un alto porcentaje de niños en las escuelas. Pero la realidad es que dichos establecimientos escolares son en primer lugar, instrumentos para controlar las ideas que estarán al alcance de los ciudadanos, e impedir que tengan acceso a otras, consideradas peligrosas. En el segundo caso, la estatización de la propiedad y el monopolio de la actividad económica, convierten al régimen en el único empleador, permitiéndole invocar el “pleno empleo” como una conquista social. Sin embargo, la dependencia de todos los ciudadanos de un único empleador y la consideración del desempleo o vagancia como manifestaciones de un estado de peligrosidad que se castiga con la prisión, buscan colocar a los ciudadanos bajo la dependencia económica absoluta del Estado."[1]
Pero no ha de creerse que el concepto de "derechos sociales" exclusivamente triunfa en países de claro signo comunista. También lo hace mas solapadamente aunque en proporciones menores en otros lugares que se jactan orgullosamente de ser naciones "libres". Algunos autores hacen una distinción importante entre las llamadas "políticas sociales" y los "derechos sociales". El criterio de demarcación consiste en que una "política social" es una cuestión -en el fondo- meramente coyuntural. Confluye finalmente en una ayuda a personas o grupos que se catalogan como "necesitados" por parte de una autoridad. Pero este socorro es limitado, tanto en el tiempo, en el espacio, como en la cuantía de los recursos que se le otorgan a quienes se encuentran nominados para recibirlo.
La significación de "derechos sociales", en cambio, tiene la misma base o motivación que las "políticas sociales", pero con la muy importante diferencia que ya no se trata de una medida coyuntural limitada en el tiempo, en el espacio y en la cuantía de la ayuda a brindar. Sino que se plasma en una legislación que -por sus propias características- se halla destinada a pervivir en el tiempo y en el espacio, ofreciendo diversos tipos de ayudas -monetarias y en especie- a aquellos quienes, según la misma legislación tipifique, se encontraren cualificados para hacerse acreedores de los regímenes asistenciales que esas mismas leyes fundan:
"A comienzos del siglo XXI, en especial en el último gobierno de esta coalición, las políticas sociales tuvieron un matiz distinto teniendo un foco en la protección social. Con ello, varios subsidios y programas tendieron a entenderse como derechos sociales, incrementándose no sólo el nivel de asistencialismo sino también la cobertura de los programas y los montos de los subsidios, explicado principalmente por la reforma de pensiones. Las transferencias monetarias promedio por hogar para el primer decil entre el 2006 y 2009 pasaron de aproximadamente $55 a $105 dólares en el año 2011 (Henoch, Troncoso y Valdivieso, 2010)."[2]
A diferencia de las "políticas sociales", los "derechos sociales" dan precisamente un "derecho" al reclamo por parte de aquellos que, no sólo se consideran sus beneficiarios sino que exigen que se los incluya en las nóminas de calificados para recibir los recursos del estado. Hay, pues, un giro cultural que hizo y hace que lo que anteriormente se tuviera como algo excepcional, limitado en tiempo, espacio y cuantía respecto de personas puntuales, se convirtiera y ampliara bajo el paraguas del rótulo "derechos sociales" en "otra cosa", con el mismo fin, pero apuntando ya a un destinatario que aparece universalizado. Este nuevo enfoque cultural, que se ha apoderado de la mayoría de los países del mundo, hace que sean cada vez más las personas y los grupos sociales que se auto atribuyan la potestad de demandar su inserción dentro del amplio abanico de prestaciones asistenciales que -cada día más- ofrecen los gobiernos del mal llamado "mundo libre". Como bien ha asentado de diversas ocasiones el profesor Alberto Benegas Lynch (h), los mal llamados "derechos sociales" o, como también se los designa a menudo, "conquistas sociales", no son otra cosa, en realidad, más que pseudoderechos, que confunden (de manera deliberada o no) las que son simples necesidades con los verdaderos derechos. Es hora de poner las cosas en claro de una vez y para siempre.
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[1] Eneas Andrés Biglione "El embargo norteamericano al régimen castrista: Una perspectiva de Law & Economics". Corporate Training. George Mason University. Diciembre 2009. Pág. 15-16
[2] Paulina Henoch I. y Rodrigo Troncoso O. "Transferencias Condicionadas en Chile: Una Positiva Evaluación al Programa Ingreso Ético Familiar" en Desarrollo económico y pobreza en América Latina. El rol de los Planes Sociales. Pág. 167-168

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