viernes, 19 de abril de 2013


Señores Senadores
BAJO EL RÓTULO DE “DEMOCRATIZACIÓN DE LA JUSTICIA”, SE PRETENDE CON LOS PROYECTOS DE MODIFICACIÓN EN LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, AGREGADO DE UNA NUEVA INSTANCIA JUDICIAL Y REFORMA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES, QUITARLE INDEPENDENCIA Y EFICACIA EN SU FUNCIONAMIENTO AL PODER JUDICIAL , ATENTANDO CONTRA EL PRINCIPIO REPUBLICANO DE DIVISIÓN DE PODERES.
QUIENES PARTICIPAMOS EN LA BATALLA JUDICIAL E INSTITUCIONAL QUE DERIVÓ DEL ACORRALAMIENTO DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS EN 2001, NO PODEMOS PERMANECER INERTES ANTE UN PROYECTO DE LEY QUE RESTRINGE EL USO DE UNA HERRAMIENTA QUE HA SALVADO MUCHAS VIDAS, COMO LO SON LAS MEDIDAS CAUTELARES.
PROYECTO DE REFORMA DE LAS MISMAS, IMPONE EN PRIMER LUGAR UNA SUSTANCIACIÓN QUE INCLUYE UNA VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO, QUE YA DE POR SI DEMORA EL OTORGAMIENTO DE LA CAUTELAR COLISIONANDO CON LA CELERIDAD QUE EL TEMOR FUNDADO EXIGE.

MAS GRAVE AÚN ES LA VIGENCIA TEMPORAL DE SEIS O TRES MESES QUE QUIERE IMPONERSE, SIENDO QUE LAS DILACIONES DE LOS PROCESOS PUEDEN VERSE AÚN MAS AGRAVADAS CON EL ESTABLECIMIENTO DE UNA CUARTA INSTANCIA (CAMARA DE CASACIÓN), CONFORME PRETENDE EL PODER EJECUTIVO EN OTRO DE SUS CUESTIONABLES PROYECTOS. BASTA CON RECORDAR QUE EL FALLO MASSA SE DICTÓ CINCO AÑOS DESPUÉS DE LOS DECRETOS DE ACORRALAMIENTO Y PESIFICACIÓN DE LOS DEPÓSITOS, Y QUE AÚN MUCHOS DAMNIFICADOS O SUS DEUDOS TRANSITAN PENOSAMENTE EL CAMINO DE LA JUSTICIA SIN HABER COBRADO. . .
TAMBIÉN MERECE UN PÁRRAFO APARTE LA SITUACIÓN DE LOS JUBILADOS, QUE VEN DILATAR SUS ACCIONES A COSTA DE SUS PROPIAS VIDAS, A TRAVES DE RECURSOS Y CHICANAS QUE EL ANSES Y EL ESTADO ARGENTINO SE COMPROMETIERON A NO PLANTEAR MÁS EN UN ACUERDO CELEBRADO EL 4/11/2009 EN WASHINGTON, EN EL SENO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, Y QUE HAN INCUMPLIDO MULTIPLICANDO CUATRO VECES EL NUMERO DE CAUSAS QUE SE ENCUENTRAN EN TRÁMITE, MOTIVANDO NUESTRA DENUNCIA EN ESE ORGANISMO. CON ESTE PROYECTO, LAS DILACIONES SERÍAN MUCHO MAYORES.

PARA CONCLUIR, LA EXCEPCIÓN PLANTEADA POR EL PROYECTO EN FAVOR DEL RESGUARDO DE UNA “VIDA DIGNA”, DEBIERA EN REALIDAD CONTEMPLAR LA TOTALIDAD DE LOS DERECHOS A QUE REFIERE EL “PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA”, INCORPORADO A NUESTRA CONSTITUCIÓN CON LA REFORMA DEL AÑO 1994. ELLO SIGNIFICA QUE NINGUNA MEDIDA CAUTELAR QUE PROTEJA A CUALQUIER DERECHO DE LA PERSONA, DEBE TENER LAS LIMITACIONES QUE EL PROYECTO DE LEY PRETENDE.
Fuente: Publicado en Estudio Bergenfeld http://estudiobergenfeld.blogspot.com.ar/2013/04/senores-senadores.html?spref=fb Por el Dr. Fabián Bergenfeld - Abogado, apoderado de Fundación Bicentenario. Equipo especializado en acciones judiciales en defensa de los derechos colectivos afectados por la inseguridad física y jurídica.

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