El cato.org
Por Víctor Pavón*
*Víctor Pavón es Decano de Currículum UniNorte (Paraguay) y autor de los libros Gobierno, justicia y libre mercado y Cartas sobre el liberalismo.
El presidente Lugo ha sido separado del cargo. Nuestra Constitución establece como causal de esta medida el mal desempeño de funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes. El señor Fernando Lugo tuvo mal desempeño en situaciones concretas durante el tiempo que ocupó el más alto cargo de la administración del país.
Se podrá decir que el libelo acusatorio de los fiscales de la Cámara de Diputados no tenía la extensión requerida para un caso tan importante como el que nos ocupa y hasta se podría aceptar que fue hecho de un modo expeditivo. Esto puede discutirse y hasta aceptarse. Pero no cambia lo sustancial, lo más importante. El libelo acusatorio fue claro y contundente, pues mencionaba hechos concretos que pueden probarse.
El acto político en el Comando de Ingeniería, organizado por el partido P-MAS (Partido del Movimiento al Socialismo), el cuartel respectivo fue utilizado para propaganda política de este grupo, hecho concreto que viola la Constitución y las leyes del país. En este caso, nuestra ley fundamental dice que el presidente de la República ostenta el carácter de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, cargo que no se delega.
Posteriormente, en el caso Ñacunday, el presidente Lugo utilizó a miembros de las Fuerzas Armadas para ocupar tierras de dominio privado, eligiendo un método confrontacional en vez de lo establecido en las normativas del Código Civil. Esto se relaciona a lo que la Constitución habla como “mal desempeño”; es decir, el presidente a sabiendas que la reforma agraria fue una de sus promesas más importantes durante su campaña electoral —por lo que debió buscar mecanismos de gestión eficiente en este tema— se dedicó a enardecer el ambiente social mediante el uso de nuestras Fuerzas Armadas.
Y, finalmente, y solo para agregar dado que los anteriores son suficientes, se encuentra la suscripción del documento denominado Protocolo de Ushuaia ll, por el cual se autoriza a países extranjeros a intervenir en nuestros asuntos internos mediante, por ejemplo, el corte en el suministro de energía eléctrica hacia nuestro país.
La suscripción de este documento se hizo sin consulta alguna. Esto debió hacerse dado que se hallaba —como en efecto así lo sigue siendo— en juego temas como la soberaníay el concepto de auto determinación de los pueblos, un principio de alta relevancia para el derecho internacional público. Y todavía más, para un país como el nuestro sin salida al mar, con límites fronterizos con Brasil y Argentina, los dos más poderosos del Mercosur.
Estos son hechos irrebatibles y que culminaron con la separación de la presidencia del señor Fernando Lugo. Sin embargo, ahora los grupos adeptos al luguismo están pretendiendo modificar esta decisión haciendo uso de la intromisión extranjera en los asuntos internos del Paraguay, mediante el uso del protocolo contra golpes de estado establecido en el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR). Se pretende alegar la violación del “orden democrático” cuando que esto no solo es falso sino que también traerá consigo el terrible precedente en las relaciones internacionales: la intromisión extranjera en los asuntos internos de un país soberano e independiente.
El tema central, por tanto, consiste en si el Unasur tiene o no potestad sobre los asuntos internos del Paraguay, cuando se han cumplido todos los requisitos constitucionales que hacen a la separación del cargo de un presidente de la República. Estamos ante una alternativa de hierro: El Paraguay independiente versus la intervención extranjera.
Los paraguayos bien sabemos de aquella alternativa. Nuestra historia, desde la independencia, ha sido la de hacernos respetar como nación, cooperando con las demás naciones. Nunca el Paraguay fue agresor, más bien fue agredido por hacer valer con hidalguía independencia y libertad, antes que abyectos y sumisos a una potencia o estado extranjero.
Estamos, por tanto, ante un hecho político de fundamento constitucional que no merece reparo alguno, a menos que se pretenda convertir al Paraguay en una provincia de Argentina o un Estado asociado del Brasil o de cualquier otro país con pretensiones de tutelaje sobre el nuestro. Y los demás países que pretendan inmiscuirse en nuestros asuntos deben saber que el juicio político es una conquista de las democracias modernas cuya finalidad es hacer efectivo el principio de responsabilidad de los servidores o funcionarios públicos. Déjennos a los paraguayos gobernarnos de acuerdo a nuestra Constitución y leyes.
FUENTE:Publicado en http://www.elcato.org/paraguay-independiente-o-intromision-extranjera
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